Apertura del colegio de forma ininterrumpida:
Lunes a Jueves: desde las 08:00 hasta las 18:00 horas.
Viernes: desde las 08:00 hasta las 15:00 horas.
Ilustrísimo Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra
El miércoles 24 de julio, la Vicepresidenta del Iltre. Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra, Dª Concepción del Valle Sánchez Fraiz, ha asistido a la entrega de Medallas de Oro de Galicia.
El acto ha tenido lugar en el Museo Centro Gaiás, ubicado en la Ciudad de la Cultura de Santiago de Compostela.
Estas condecoraciones son la máxima distinción de honor que concede la Xunta de Galicia a personas o instituciones que por sus méritos al servicio de Galicia en cualquier aspecto de su realidad social, cultural o económica, sean dignas de obtener el reconocimiento del pueblo gallego.
En esta edición, los premiados con la Medalla de Galicia han sido:
El actor Luis Tosar, la productora de cine Zaza Ceballos y la Academia Galega do Audiovisual.
Elecciones: Proclamación candidatura
La Junta de Gobierno en Pleno, ha verificado que la candidatura presidida por D. José Pablo Moreira Hermelo, cumple las exigencias requeridas en los estatutos y ha sido presentada en tiempo y forma.
Ha sido ésta la única candidatura presentada.
Según el Punto 1. del Art. nº 66 del Estatuto de COEPO “No se requerirá la celebración de las elecciones cuando haya sido proclamada una única lista de candidatos”
Reunidos hoy los actuales integrantes de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra, determinan la innecesariedad de elecciones y proceden en el día de hoy a proclamar como ganadora de las elecciones a la Junta de Gobierno de Coepo:
Presidente: José Pablo Moreira Hermelo
Vicepresidente: Concepción del Valle Sanchez-Fraiz
Secretario: Luis Josué Rial Rodríguez
Tesorero: Pablo Bouza Testa
Vocal 1º: Rebeca Balsera Conde
Vocal 2º: Isabel Coejo Cuiñas
Vocal 3º: Begoña de Anta Álvarez
Vocal 4º: Maria del Carmen Velicia Peñas
Suplentes:
1º Maria Luisa Enríquez Velicia
2º Alicia Gil Treviño
3º Andrés DaSilva Fariñas
4º Maria Lina Fernández Bernárdez
5º José Coejo Cuiñas
6º Rubén Fernández Fernández
7º Maria Teresa Rodríguez Graña
8º Maria Gabriela Lourido García
Tal y como se recogía en la convocatoria electoral, la toma de posesión de la nueva junta de gobierno será el 1 de julio de 2024, día siguiente del día fijado para las elecciones incluido en el supuesto estipulado en el artículo 66- Innecesaridad de elecciones de los estatutos de COEPO.
Solicitud de voto por correo:
Se admitirán solicitudes de voto por correo en los siguientes plazos conforme al articulo 65 de los estatutos de Coepo:
Los colegiados que quieran ejercer el voto por correo deberán solicitarlo personal e individualmente, bien en comparecencia personal en las oficinas del colegio o por escrito dirigido al presidente de la mesa electoral. El colegiado deberá acreditar su identidad mediante la exhibición del DNI o, si la solicitud se formula por escrito, haciendo constar todos los datos identificativos incluido el DNI, adjuntando fotocopia de éste. Se admitirán solicitudes de voto por correo en los siguientes plazos:
a) Las recibidas por vía postal, hasta diez días naturales posteriores al día de la convocatoria de las elecciones. Hasta 27/05/2024
b) En comparecencia personal, hasta veinte días naturales posteriores al día de convocatoria de las elecciones. hasta el 04/06/2024
CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2024. La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra, en reunión celebrada el día 15 de Mayo de 2024, ha adoptado el acuerdo de convocar elecciones para provisión de cargos de la citada Junta conforme la siguiente relación de cargos y calendario: I – Relación de Cargos Objeto de Elección: La convocatoria afecta a los siguientes cargos de la Junta de Gobierno: Presidente, Vicepresidente, Secretario/a, Tesorero/a, Vocal 1º , Vocal 2º, Vocal 3º, Vocal 4º y ocho suplentes. II. Calendario electoral:
Las candidaturas han de ser suscritas personalmente por los/as candidatos/as colegiados en el Colegio de Enfermería de Pontevedra que deberán ir correlacionados con el cargo al que aspiran. Para ser elegible se requiere estar colegiado como ejerciente en el Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra y no estar incurso en prohibición o incapacidad legal o estatutaria. Asimismo, tener una antigüedad mínima e ininterrumpida como colegiado de quince años para el cargo de presidente, de nueve años ininterrumpidos para los demás cargos de la Comisión Ejecutiva, y de un año igualmente ininterrumpido para los demás cargos del Pleno, que también les será exigible a aquellos colegiados que quieran ser elegidos como suplentes.
Esta resolución de la Junta de Gobierno pone fin a la vía administrativa, siendo directamente recurrible ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa de Pontevedra en el plazo de dos meses desde su notificación o publicación. |
Conforme al artículo 59 punto 5 de los estatutos de Coepo. La Junta de Gobierno designará al presidente y los dos vocales de la mesa electoral, así como sus respectivos sustitutos entre los colegiados que se encuentren al corriente de sus obligaciones con el colegio, designando asimismo cuál de los vocales desempeñará las funciones de secretario. Los interesados en formar parte de la mesa electoral remitan su interés al correo coepontevedra@coepo.com hasta el día 24/05/2024. La participación será remunerada como gastos de representación. En caso de no contar con suficientes interesados, el lunes 27/05/2024 se procederá a designación mediante sorteo, de los integrantes de la mesa electoral. No podrán formar parte de la mesa electoral aquellos colegiados que integren alguna de las candidaturas que se presenten. |
Convocatoria elecciones por Junta de Gobierno 15/05/2024 |
5 días naturales para publicación de las elecciones hasta 19/05/2024 en la web y prensa. El mailing se enviará ese mismo día a partir de las 00:01. |
8 días naturales desde la publicación en prensa, web y mailing para presentación de candidaturas: hasta 27/05/2024 a las 19:30 en sede de Vigo o 21:00 h en la sede de Pontevedra. |
Comunicación por parte de la JdG del incumplimiento para ser elegibles: hasta 28/05/2024 |
Plazo de subsanación de candidatura 48h: Hasta 30/05/2024 |
Proclamación de candidatos dentro de los 2 días siguientes: el 31/05/2024
El mismo día de la proclamación: 1- Designación de Presidente de la mesa y dos vocales. 2- Exposición del censo en el tablón de anuncios. |
Los Interventores de las candidaturas deben ser notificados con 5 días de antelación del día de las elecciones. Hasta el 24/06/2024 a las 19:30h en sede de Vigo o 21:00h en la sede de Pontevedra |
Voto por correo: Solicitud de votos:
Se admitirán solicitudes de voto por correo en los siguientes plazos: a) Las recibidas por vía postal, hasta diez días naturales posteriores al día de la convocatoria de las elecciones. Hasta 27/05/2024 b) En comparecencia personal, hasta veinte días naturales posteriores al día de convocatoria de las elecciones hasta el 04/06/2024 |
Elecciones 30/06/2024 de 10h a 18h en la Sede de Pontevedra |
La Toma de posesión de la nueva junta será el 1 de julio de 2024, día siguiente del día fijado para las elecciones incluido en el supuesto estipulado en el artículo 66- Innecesaridad de elecciones de los estatutos de COEPO. |
El Pleno de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra, en sesión celebrada el día 15 de mayo de 2024,
ACUERDA Convocar, conforme señalan los artículos 71 y 73 de los estatutos del Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra, ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE COLEGIADOS, para el día 25 de junio de 2024, en la sede del Colegio de Enfermería de Pontevedra, calle José Casal, nº 5, bajo, Pontevedra, a las 17:00 horas en primera convocatoria y 17.30 horas en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente, ORDEN DEL DÍA
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COMUNICADO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ENFERMERÍA DE PONTEVEDRA
Estimados compañeros:
Con fecha de 26 de diciembre de 2023, os dirigimos un comunicado con ocasión del cese por resolución judicial de los administradores judiciales que ejercieron la Presidencia colegial desde marzo de 2021 hasta ese mes de diciembre de 2023, pocos días después de que expusiéramos ante el propio Juzgado el abuso de poder ejercido por uno de los administradores, con la tolerancia del otro y hubiéramos apelado al amparo judicial. También os participábamos el propósito primordial de esta Junta, que puede entenderse como “de transición”, de garantizar la inmediata gobernabilidad de nuestro Colegio aclarando y estabilizando los recursos con los que cuenta el COEPO y con ello, propiciar un nuevo proceso electoral de una nueva Junta destinada a gobernar el Colegio, deseamos, en condiciones de estabilidad funcional e institucional.
De estos meses intermedios, de intensa gobernanza, (y sin perjuicio de la Asamblea General que celebraremos conforme lo expuesto más adelante y sin perjuicio también de cualquier información complementaria que deseéis), estimamos útil a vuestro conocimiento como colegiados, lo que sigue:
1º SOBRE LA DEUDA HABIDA CON EL CGE:
Obviamente y mientras no esté resuelta la deuda habida con el Consejo General será imposible conocer cuál es la definitiva situación financiera del COEPO y los recursos con los que cuenta. Y esta cuestión pende a su vez, -y conforme común apreciación de este Colegio y del propio Consejo-, del resultado del procedimiento penal que en este momento se sigue contra el Presidente actualmente suspendido en funciones. En todo caso y tras los 33 meses de Administración Judicial en los que simplemente se dispuso de una moratoria en el pago de la deuda atrasada, -sin ningún avance en su posible amortización-, nos complace participaros que ya se han dado las gestiones institucionales conducentes a que ambas entidades puedan negociar la amortización esta deuda en cuanto sea posible, (finalizado el procedimiento penal y sabido ya su resultado) y conforme el deseo común de normalizar la situación colegial.
En todo caso, recordamos que la deuda con el Consejo no se sigue incrementado, -pues sí se vienen satisfaciendo las cuotas que se devengan mes a mes a favor del Consejo General (17.100 Euros/mes varía en función altas y bajas)-, y la que está pendiente de abono, (conforme cuantificación hecha por el propio CGE en fecha de 11 de marzo de 2024), ascendería a la cantidad de 6.358.955,26€.
A esta deuda de 6.358.955,26€. que es en Bruto hay que sumarle los intereses y restarle
las retrocesiones que ascienden a:
1) Deuda anterior al 30 de septiembre de 2011. Según Auto de 29 de mayo de 2017: 3.042.484,82 euros de principal + 912.745,45 euros de intereses. Y se han abonado 626.276,07 euros. Restan por abonar (ppal. + intereses – pagos judiciales): 3.328.954,20 euros. Retrocesiones 2003-30.09.2011: 1.408.372,40 euros.
2) Deuda octubre 2011-30 sept. 2015. Según Sentencia nº 85/2020, de 22 de abril de 2020. 1.768.353,06 euros de principal + intereses (aún no determinados por resolución judicial). Retrocesiones 01.10.2011-30.09.2015: 726.374,66 euros.
3) Deuda octubre 2015 – mayo 2020. 2.026.358,88 euros (sólo se han liquidado las aportaciones con el censo disponible, sin cuotas de ingreso ni intereses). Retrocesiones: 826.808,64 euros.
SUMA DE TODOS LOS PERÍODOS
Situación mayo 2020
1) Deuda total por todos los conceptos liquidados, sumando los intereses ya liquidados, restando las cantidades abonadas (a salvo de incluir la liquidación de intereses de consecuencia de la sentencia de 22-4-2020 y los ajustes mencionados respecto del período octubre-2015 a mayo-2020): 7.123.666,14 euros.
2) Suma de las retrocesiones: 2.961.555,60 euros
Situación Abril 2024
Deuda por todos los conceptos liquidados: 7.173.627,07€
Suma de retrocesiones: 2.961.555,60 euros hasta 5/20 + pendiente de calcular del 5/20 a 4/2024
2º SOBRE LA SITUACIÓN CONTABLE DEL COEPO:
Tras el cese de los administradores judiciales y desde la gestoría a la que hemos confiado el asesoramiento contable y fiscal del COEPO nos han hecho llegar desfases de contabilidad referidos al último ejercicio impropios de cualquier contabilidad mínimamente ordenada, menos aún de una corporación de derecho público que ha estado sometida, además, a una Administración Judicial de 33 meses de duración que, se supone, existía a fin de clarificar, precisamente, su situación económica.
A fin de preparar las futuras elecciones colegiales, sabemos que debemos someter al COEPO a una auditoría, conforme exigencia de nuestros estatutos, (artículo 91). A tal efecto, no disponemos de un informe de fin de la Administración Judicial que pudiera sustituir a esa auditoría por la sencilla razón de que no fue elaborado por los exadministradores. Pero de ser el caso, tampoco podríamos servirnos de él, porque ha venido resultar que entre las operaciones contables confusas que han sido advertidas, se hallan transacciones hechas por los propios administradores que, hasta la fecha, “carecen de soporte documental o razonabilidad económica”.
Hemos requerido a los exadministradores a fin de que aporten justificación a los numerosos desfases contables que puntualmente se le detallaban en ese requerimiento, advirtiéndoles además que había sido encargada una auditoría a fin de evaluar su gestión económica conforme la personal responsabilidad contraída en el ejercicio del mandato judicial. Tampoco han dado respuesta sobre estos extremos.
Ante la trascendencia de estos hallazgos poco tranquilizadores, hemos decidido extremar las precauciones con respecto a la auditoría contable precisa para proceder al traspaso de poderes a la nueva Junta de Gobierno y en el mes de febrero, -al mes y medio aproximadamente de nuestro ejercicio sin los administradores-, hemos acudido a una empresa auditora de la independencia y prestigio de KPMG Forensic, perteneciente a KPMG Asesores S.L., la cual ha asumido el encargo profesional de elaborar un informe auditor orientado a: “evaluar la gestión desarrollada por los administradores judiciales durante el período relevante a través de ciertos procesos clave y transacciones relevantes del COEPO”.
De esta auditoría, de la que está en antecedentes el propio CGE y el propio Juzgado de Instrucción que en su día había nombrado y también cesado a los administradores, pende la celebración de nuevas elecciones conforme lo expuesto anteriormente. En todo caso, participaremos en Asamblea General los resultados que de ella se pueden deducir dada la fiabilidad que merece esta auditora y el trabajo y minuciosidad invertidos en su trabajo, pues superado con creces el plazo de 6 semanas previsto para su elaboración, siguen interesando nueva documentación en el presente para completar su investigación.
3º SOBRE LA CONTRATACIÓN DE NUEVOS PROVEEDORES Y CARTERA DE SERVICIOS:
La controvertida actuación de los cesados administradores judiciales se había traducido también en la contratación de proveedores de servicios que no constaba en condiciones de imparcialidad, calidad y oportunidad económica pues se han revelado cercanos al ámbito personal y profesional de uno de los administradores.
Mientras no alcancemos la certeza de cuáles serán los futuros recursos y necesidades del Colegio, esta Junta de Gobierno estima prudente regirse por un criterio de austeridad y amortización de medios si queremos, precisamente, mantener la cartera de servicios que veníamos disfrutando. Por lo que hemos procedido a rescindir la contratación con aquellos proveedores propiciados por los administradores ante la falta de constancia de su contratación conforme parámetros objetivos. Y hemos procedido a la contratación de nuevos proveedores, esta vez sí atendiendo a criterios objetivos de rentabilidad y suficiencia/calidad en el servicio prestado.
Mención aparte merece la Asesoría Jurídica y la Campaña de Renta.
Tras una serie de resoluciones judiciales reconociendo la dependencia de trabajadores de Gestión Jurídica Gallega, S.L., (GJG, la empresa que en el pasado y durante toda la Administración Judicial que la administraba igualmente, facturaba al COEPO los gastos de la Asesoría Jurídica colegial) y atendiendo asimismo a la incardinación del trabajo de tal servicio de asesoramiento legal en la propia actividad del COEPO, el Colegio ha internalizado este servicio, de modo que sus profesionales colaboradores, trabajadores y recursos han sido o están siendo asumidos directamente por nuestra corporación, con el debido ahorro del IVA que anteriormente se repercutía en las facturas devengadas a favor de GJG. Por lo demás, sigue existiendo este servicio con las mismas prestaciones para colegiados y familiares en los diferentes órdenes jurisdiccionales, si bien nos complace anunciar que hemos retomado la posibilidad de facilitar consultas presenciales para resolución de dudas de complejidad media o elevada.
Con respecto a la Campaña de Renta, de plena vigencia en este momento, hemos acudido a la entidad Tax Down a fin de facilitar un acceso gratuito y rápido a este servicio teniendo en cuenta que la organización de este servicio en todos estos años no había conseguido estabilizarse suficientemente, ante la dificultad, especialmente, de encontrar profesionales que en estas fechas y en régimen de autonomía estuviesen disponibles del modo que exige este servicio, a un coste asumible. Por lo que optamos este año por intentarlo con esta modalidad a fin de evitar retrasos en las citas y atendiendo, asimismo, a sus buenas condiciones económicas, sin perjuicio de la valoración de su resultado y satisfacción, una vez finalizada la campaña, conforme un principio de mejora continua.
Como todo proceso novedoso, sabemos que esta nueva modalidad ha sido recibida con reservas por parte de algunos de nuestros compañeros. Queremos explicar que el hecho de que en la aplicación de Tax Down se soliciten datos de medio de pago es debido a la modalidad de gestión que la plataforma utiliza en ámbito general y que, aun habiéndoselo solicitado, no pueden personalizar para nuestro colectivo. Aunque sí tenemos el compromiso formal y por escrito (mediante contrato en vigor) de que la realización de la declaración de la renta y posterior presentación de la misma no supondrá ningún coste ni actual ni futuro a ninguno de los colegiados, mientras realicen las gestiones en los planes pro y live.
Otro punto a favor de probar esta modalidad que esta Junta ha valorado como, incluso una mejora de servicios es que el Plan Live suscrito hasta 31/12/2024 incluye el acceso a otras gestiones además de las relativas a la campaña de renta como son:
Todo ello sin perjuicio de ir mejorando este servicio, -aunque esto ya corresponderá a Junta posterior-, a fin de definir el modelo definitivo de Campaña de Renta colegial que aúne eficacia, utilidad para el colectivo y razonable economía de medios. Que no es fácil.
Con respecto al apartado de formación, con la pretensión de dejar libertad a la nueva Junta de Gobierno resultante de las próximas elecciones para que haga el enfoque que desee y cuente con los máximos recursos para hacerlo, estamos manteniendo la opción de formación virtual que nos aporta Salusone, se llevará a cabo en breve la formación presencial de suturas avanzada que había quedado pendiente de finales del año 2023 (por no haber podido atender en ese momento a todas la solicitudes) y se realizarán colaboraciones con jornadas y congresos que ya se habían comprometido como en años anteriores. De todo ello se da puntual información en la web del COEPO.
Hemos eliminado el Servicio de Comunicación externo que habían contratado los administradores por su discutible rentabilidad (coste anual en 2023: 26.566,54) y uno de nuestros objetivos prioritarios, -una vez ya abordados y estabilizados otros mucho más preferentes-, es poder desarrollar este servicio sin necesidad de acudir a recursos externos, sino optimizando los recursos de personal con los que cuenta el COEPO.
Por último, en la actualidad la economía colegial ya no repercute el coste de la administración judicial cuantificada en 37.331,41€/año (2023). Cantidad a la que, la auditoría en marcha nos aclarará si han sumado un importe mayor relacionado con la administración de otras empresas y la repercusión de la misma al colegio. Factura de ejemplo.
Antes de despedirnos y atendiendo a comunicaciones recibidas de parte de algunos compañeros, queremos señalar que desde la llamada “Ley Omnibus” la colegiación puede ser única en un colegio profesional para su ejercicio en todo el Estado. Con esto queremos señalar que, si por la razón de la conveniencia que sea, algún compañero prefiere estar inscrito en otro Colegio español, puede acogerse a un traslado de expediente. Pero este derecho no puede confundirse con que el ejercicio de la profesión enfermera pueda existir al margen de la colegiación o, visto de otra manera, que la colegiación pueda entenderse como una adscripción voluntaria a una empresa de servicios o a un sindicato. Nuestro deber colegial es recordar que el ejercicio de nuestra profesión en España es obligadamente colegiado, sin distinción del vínculo, -funcionarial, estatutario o laboral-, en el que se ejerza esa profesión, (quien lo desee, tiene toda la información a su disposición), lo cual aclaramos al margen de la conveniencia o deseo de esta Junta de Gobierno, sino porque es la obligación que consta legalmente. Y la obligación de los colegios profesionales es velar por el ejercicio de la profesión, conforme principios deontológicos y de calidad asistencial e, igualmente, velar por el derecho de los usuarios.
Al margen de esta comprensión elemental de lo que es un colegio de cualquier profesión, la cartera de servicios que cada colegio dé a sus colegiados, su carácter y extensión, entra dentro de las competencias que ese colegio se dé a sí mismo, pero no dentro de sus deberes. Y por supuesto, corresponde a la libertad de cada colegiado calibrar si esa cartera es favorable o no con respecto a otros colegios análogos y colegiarse en el que más convenga a su interés. Pero no cabe confundir esa capacidad con la negativa a cumplir con el deber de ejercer la profesión colegiadamente conforme disposición legal.
Finalizando, nos satisface comunicar que los únicos cuatro miembros aún activos de esta Junta hemos conseguido mantener la gobernabilidad del COEPO, no sin un sobreesfuerzo inesperado, tratando de mantener el grueso de los servicios que se venían prestando aunque en una situación de minimizar costes hasta tener la mayor certidumbre económica y poder propiciar la celebración de nuevas elecciones (dando satisfacción de paso a la otra candidatura que en el año 2018 se había presentado en las elecciones y que impugnó el proceso judicialmente, solicitando la celebración de un nuevo proceso electoral) y que este propósito elemental se abordará en el momento en el que, con el resultado de la auditoría del KPMG en la mano y su exposición en Asamblea General convocada al efecto, tengamos finalmente conocimiento de la situación contable del Colegio, una vez ya haya sido redefinido su funcionamiento y su identidad institucional en términos de estabilidad. Sin perjuicio por lo tanto de su mejora si los futuros recursos lo permiten.
Quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración o información complementaria que deseéis.
En Pontevedra, a 19 de abril de 2024.
La Junta de Gobierno
La Junta de Gobierno del COEPO comunica a los compañeros colegiados que ha sido alzada la Administración Judicial que sustituía al Presidente suspendido en funciones, en virtud de Auto de 11 de diciembre de de 2023, por lo que, -tras ser advertido por los propios miembros colegiados de esta Junta de la existencia de esa resolución-, los administradores judiciales cesaron en su cargo el día 15 de diciembre en el que se dieron por notificados de ese Auto judicial poniendo fin a su mandato
El Auto es efectivo desde su notificación, por lo que desde esa fecha es esta Junta de Gobierno el único órgano de gobierno constituido en el COEPO y responsable de su funcionamiento. El alzamiento de la Administración Judicial se ha dado escasos días después de que los actuales miembros de la Junta de Gobierno expusieran ante el Juez competente, diversos actos que calificaron de manifiesto abuso de derecho por parte de los administradores judiciales y que ya fueron comunicados al colectivo, pero el carácter sorpresivo de ese cese ha imposibilitado un traspaso ordenado de facultades, por lo que con fecha de 21 de diciembre de 2023 la Junta de Gobierno se ha reunido en Pleno extraordinario urgente, (cuya acta se acompaña para consulta de los colegiados), a fin de adoptar medidas necesarias para garantizar la gobernabilidad del COEPO mediante la necesaria asunción de poderes y con ello, que la inmediata actividad del Colegio se mantenga sin fisuras, pese a notorias dificultades existentes tras el paso de la Administración Judicial como es el alto absentismo del personal laboral, la existencia de significativos procedimientos laborales interpuestos durante ese mandato contra el COEPO o la incertidumbre sobre las consecuencias económicas derivadas de la suspensión de la amortización de la deuda habida con el CGE, sin que se haya avanzado nada en la definición de un plan de viabilidad.
Han transcurrido 33 meses en los que los actuales miembros de la Junta de Gobierno han asumido su representación conforme el compromiso adquirido y en condiciones no solo singulares por el procedimiento judicial que afectó al COEPO sino dificultadas por un ejercicio de una Administración Judicial no exenta de controversia. Por lo que es el deseo de los miembros de la Junta de Gobierno proceder cuanto antes al traspaso de su representación mediante la celebración de las correspondientes elecciones colegiales, si bien en este momento no es posible un inmediato y doble traspaso de poderes en condiciones de mínima seguridad para el COEPO. El objetivo prioritario de esta Junta consistirá en estabilizar en el menor tiempo posible la inmediata situación y actividad colegiales una vez se hayan aclarado los recursos del Colegio, si bien perdurarán dificultades a largo plazo que corresponderá asumir a la Junta de Gobierno que haya de venir, como es la deuda referida con el CGE o la definición de la relación que deba mantenerse con las mercantiles anejas al COEPO, pues se ha superado la instrucción del proceso penal sin que se haya declarado ninguna responsabilidad contra ellas, por lo que permanecen actual o potencialmente vigentes sus relaciones contractuales con el COEPO.
En breve y con ese propósito de gobernabilidad inmediata, volverá a convocarse nuevo Pleno extraordinario y urgente, así como la correspondiente Asamblea General anual. También quiere manifestar esta Junta que, en los últimos meses, tanto la reserva de actuaciones, -ya levantada-, que impone la ley procesal penal como la propia interdicción de los administradores judiciales, ha dificultado la conveniente comunicación al colectivo colegiado de la situación habida en el COEPO a resultas del procedimiento penal que afectó la composición de su órgano de gobierno, su plantilla de personal y su propia actividad interna e institucional. Información imposible de contener en este comunicado por ser extensa. Pero el COEPO es una institución inscrita en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Y finalizada ya cualquier reserva, esta Junta manifiesta su absoluta disposición a resolver cualquier duda que individual o colectivamente se quiera formular sobre el actual estado del COEPO hasta donde su actual conocimiento alcance, sin perjuicio de la decisiva utilidad que tiene la celebración de la Asamblea General a tal fin.
Por último, esta Junta y en nombre del Colegio que representa, quiere agradecer la confianza depositada en esta institución por sus miembros durante estos años de incertidumbre, -que ha permanecido sin bajas significativas- y, asimismo, agradece la ayuda ofrecida en estos momentos de reposición, en los que es especialmente valiosa la participación y contribución del colectivo colegiado.
En Pontevedra, a 27 de diciembre de 2023.
Descargar el acta del pleno de la Junta de Gobierno del 21 de diciembre
El Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra ha recibido la inquietud de enfermeros adscritos a Puntos de Atención Continuada del Área Norte de Pontevedra ante el estrés que supone la ausencia de facultativos en sus dispositivos, con objetiva vulneración del modelo asistencial que había previsto el Plan de Urgencias Extrahospitalarias de Galicia, (Decreto 172/1995 de 18 de mayo), que exige la presencia de personal facultativo, junto con el de enfermería y otro sanitario. Lo cual cursa con la consiguiente inseguridad tanto asistencial, -en su doble vertiente paciente-profesional-, como jurídica, por suscitarse un posible conflicto competencial.
A efectos de procurar dar respuesta a esta inquietud y contribuir a la mejor asistencia posible, (conforme deber competencial que corresponde a este Colegio), representantes de la Junta de Gobierno colegial se reunieron el pasado día 2 de diciembre con el Gerente del Área Sanitaria de Pontevedra- O Salnés, D. José Flores, y con el Director de Procesos de Enfermería, D. Juan Vázquez. Asimismo, han mantenido interlocuciones con el Consejo General de Enfermería y han valorado acciones del Colegio de Enfermería de Madrid, (en el que también se ha suscitado cuestión similar con respecto a los llamados Servicios de Atención Rural o SAR), y las conclusiones que este Colegio quiere compartir con sus colegiados son las siguientes:
Igualmente, la Gerencia quiere transmitir al colectivo enfermero a través de esta representación colegial que entre las medidas que quiere introducir a fin de paliar esa circunstancia están:
Animamos a todos los compañeros que quieran participar y contribuir a dar adecuada respuesta institucional a esta situación que nos hagan llegar sus propuestas y sugerencias a la dirección de correo: coepo@coepo.com.