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Archivo de categoría Prescripción enfermera

BOE – Publicadas nuevas guías de prescripción enfermera

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy dos nuevas guías de prescripción enfermeras: deshabituación tabáquica y anestésicos locales. Con estos dos, ya son nueve las guías aprobadas por la dirección general de Salud Pública y Equidad en Salud. Estas dos nuevas guías de prescripción enfermera se suman a las de diabetes, hipertensión, heridas, quemaduras, ostomías, anticoagulación oral y fiebre.

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Desestimados los recursos contra las guías de prescripción enfermera

La Secretaría de Estado de Sanidad ha desestimado los recursos de alzada interpuestos en su día por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (OMC), los Colegios Oficiales de Médicos de Zaragoza, Teruel, Huesca y Sevilla, el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, el Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Estomatólogos y la Fundación Pharmaceutical Care España contra la resolución de la Dirección General de Salud Pública, por la que se validaron las Guías para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las/los enfermeras/os: Hipertensión y Diabetes mellitus tipo 1 y 2.

La Secretaría de Estado entiende que las Guía validadas no afectan para nada a las competencias prescriptoras de los médicos y niega que se produzca, por tanto, ninguna invasión competencial y destaca, sobre la base de los informes internos recabados, la importancia de las guías y protocolos para ofrecer una mejor atención a los pacientes, mejorar la seguridad, evitar malas praxis y favorecer el uso racional de los recursos.

De esta forma, las Guías impugnadas, cuya efectividad y aplicación se mantenía desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se ven confirmadas en vía administrativa y podrán seguir facilitando mediante su implementación la mejor atención a los pacientes con hipertensión y diabetes mellitus tipo 1 y 2.

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Prescripicón enfermera: guía quemaduras

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la resolución de 8 de junio, de la Dirección General de la Salud Pública, por la que se valida la Guía para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las/los enfermeras/enfermeros de: quemaduras

Consulta la publicación del BOE

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Prescripción enfermera: guías en diabetes e hipertensión

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de 30 de junio, de la Dirección General de la Salud Pública, por la que se validan las Guías para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las/los enfermeras/enfermeros de: Hipertensión, y la de: Diabetes mellitus tipo 1 y tipo 2.

Tal y como indican desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España, estas guías suponen un hito muy importante para nuestra profesión ya que suponen la cobertura legal, el reconocimiento y la capacidad que a partir de ellas tendrán ahora las enfermeras y enfermeros para indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica, en un ámbito en el que nuestra profesión tiene una alta implicación y responsabilidad para el seguimiento de pacientes crónicos en dos procesos de alta incidencia como son la diabetes y la hipertensión.

Estas guías se han desarrollado en un marco de profundo consenso ente las organizaciones colegiales de enfermeros y de médicos, Comunidades Autónomas, mutualidades y de los ministerios de Sanidad y Defensa, pero es importante recordar que aún hay que seguir insistiendo a nivel autonómico para que la indicación de medicamentos y productos sanitarios por parte de enfermeras y enfermeros sea una realidad.

BOE GUÍA HTA Y DIABETES

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Curso Online Prescripción Enfermera

 

Con motivo de la publicación del Real Decreto 1302/2018, del 22 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros a nivel nacional, surge la necesidad de formar en este ámbito al mayor número de profesionales de enfermería posible.

Fechas de realización 18 de abril a 6 de mayo de 2022 (25h)

Diploma expedido por ISFOS.

Modalidad: ON LINE.   Nº de plazas: 150.

Fecha de inscripción exclusivamente a través de formulario online del 4 de abril hasta el miércoles 8 de abril de 2022

Contenidos:

MÓDULO 1. FARMACOLOGÍA BÁSICA Y  ASPECTOS ÉTICOS-LEGALES EN LA PRESCRIPCIÓN ENFERMERA

  • Introducción a la farmacología
  • Farmacocinética y farmacodinámica
  • Formas de administración
  • Interacciones y factores que afectan a la respuesta de los fármacos
  • Reacciones adversas y toxicidad.

MÓDULO 2. PRESCRIPCIÓN SEGURA

  • ¿Qué es prescribir?
  • Legislación vigente entorno a la prescripción enfermera
  • Seguridad farmacoterapéutica
  • Farmacovigilancia
  • Prescripción no farmacológica.

Financiación por Consejo General de Enfermería. 100% Gratuito.

 

    PROTECCIÓN DE DATOS: Reglamento (UE) 2016/679 RGPD y LOPDGDD 3/2018. COLEGIO OFICIAL DE ENFERMERIA DE PONTEVEDRA, como responsable del tratamiento, tratará sus datos para atender sus solicitudes de información, dudas, consultas, sugerencias o quejas. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación y supresión de los datos, entre otros, tal y como se explica en la información adicional que está a su disposición en el apartado de Política de Privacidad.

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     Convocatoria de inscripción en el curso de adaptación para conseguir la acreditación de las/os enfermeras/os para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

    La Dirección Xeral de Asistencia Sanitaria, procede a la primera convocatoria de inscripción en el curso de adaptación para conseguir la acreditación de las/os enfermeras/os para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.
     

    Dirigido: enfermeras/os que no tienen acreditada un mínimo de un año de experiencia profesional.

    Período de inscripción: 15 días naturales (desde el día siguiente a la publicación en el DOG).  Finalizado el período de inscripción, el ACIS le dará acceso al aula virtual del curso y a todas/os as/os alumnas/os registradas/os.

    Las siguientes convocatorias de  publicaran en la página web del SEGAS y en la de la ACIS, con periodicidad trimestral.Inscripción: Las/os profesionales que deseen participar en la actividad formativa deberán cubrir el formulario de preinscripción telemática en la página web de la ACIS:

    • «Formación continuada», epígrafe «O meu perfil». Una vez dentro del perfil, deberán localizar el curso con el buscador de actividades y, abrir la ficha técnica del curso.
    • Denominación de la actividad: «Acreditación de las/os enfermeras/os para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano. (Código 218819)».

    Certificación: superada la actividad tendrán a su disposición el certificado, que podrá visualizar en su Expedient-e (FIDES), que estará validada de manera automática.

    RESOLUCIÓN DOG 15 de febrero

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    Disponible la acreditación de la prescripción enfermera Fides.

    Nota informativa sobre a acreditación das enfermeiras para a indicación, uso e autorización da dispensación de medicamentos e produtos sanitarios de uso humano.

    Dada a novidade do procedemento establecido na orde do 9 de xullo de 2021 (DOG núm.134, do 15 de xullo) resulta conveniente informar o seguinte: Os requisitos necesarios para conseguir a acreditación para a indicación, uso e
    autorización da dispensación de medicamentos e produtos sanitarios de uso humano son os seguintes:

    1. Estar en posesión do título de grao ou diplomatura en Enfermería, ou de Axudante Técnico/a Sanitario/a, ou equivalente. Cando se trate de profesionais de enfermería responsables de coidados especializados, posuír o título de Enfermeiro/a Especialista.

    2. Cumprir algún dos seguintes requisitos:
    – Ter unha experiencia profesional acreditada mínima dun ano.
    – Superar o curso de adaptación que será ofrecido, de maneira gratuíta, para adquirir as competencias necesarias para indicar, usar e autorizar a dispensación de medicamentos e produtos sanitarios de uso humano. Este curso será programado e xestionado pola Axencia Galega para a Xestión do Coñecemento en Saúde (ACIS). A primeira convocatoria para a inscrición neste curso será anunciada no Diario Oficial de Galicia. As convocatorias sucesivas publicaranse na páxina web do Servizo Galego de Saúde e de ACIS.
    Procedemento: Non hai que presentar unha solicitude, sen prexuízo das indicacións que se realizan a continuación:

    1. Os profesionais que presten servizos no SERGAS ou nas entidades adscritas á Consellería de Sanidade, ou que estean inscritos nas listas de selección temporal da categoría de enfermeira/o ou de persoal enfermeira/o especialista, están exentos de aportar titulación e experiencia profesional, sen que sexa necesario realizar ningunha
    actuación.
    2. Os p rofesionais de enferm e ría doutros centros sanitarios deberán darse de alta na Oficina Virtual do Profesional (sistema informático Fides/expedient-e) e rexistrar e acreditar documentalmente no dito sistema informático os requisitos de titulación e a experiencia mínima dun ano.
    A resolución de acreditación será posta a disposición de cada profesional no seu expediente electrónico no apartado outros méritos.
    Á Oficina Virtual do Profesional (Fides) accédese desde internet http://fides.sergas.es con certificado dixital ou mediante o sistema Chave365.
    Toda a información do proceso e as instrucións para acceder a Fides está dispoñible en:

    https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20210715/AnuncioC3K1-090721-0010_gl.html

    Acceder a Fides: https://www.sergas.es/Recursos-Humanos/oficina-profesional-expediente-electronico-sergas

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    Enfermería ya puede prescribir medicamentos en las Fuerzas Armadas

    El BOE ha publicado la orden por la que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros de las Fuerzas Armadas.

    A diferencia de la enfermería convencional, podrán recetar medicamentos siempre y cuando estén en una situación de “aislamiento”. La norma recoge que “los enfermeros de las Fuerzas Armadas que se encuentren ejerciendo su actividad profesional relacionada con la atención sanitaria en los escenarios operativos y/o se hallen en una situación de aislamiento o soledad, mediando urgencia vital, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica elaboradas y validadas por el Ministerio de Defensa”.

    En este sentido, prosigue la ordenanza, “se entiende como aislamiento o soledad aquel estado o circunstancia en la cual, desarrollándose en los escenarios anteriormente referidos, en entornos hostiles o bien en ejercicios militares, el enfermero de las Fuerzas Armadas no cuenta con personal profesional prescriptor presente y la situación clínica o urgencia vital no permite demorar el tratamiento que incluya medicamentos sujetos a prescripción médica, o la aplicación de productos sanitarios de uso humano”.

    Para que la Enfermería pueda dispensar medicamentos, estos profesionales deberán ser acreditados por el Ministerio de Defensa, a la Inspección General de Sanidad de la Defensa.

    BOE | Orden Prescripción Enfermería FF.AA.

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    Las enfermeras gallegas muestran de forma unánime su disconformidad con el borrador de reforma de Atención Primaria

    Los Colegios Profesionales y Sociedades de Enfermería presentaron esta mañana 38 alegaciones al borrador de Sanidade, el 50% de las acciones definidas en el documento de la consellería.

    Las más de quince mil enfermeras que ejercen su profesión en Galicia, representadas por los Colegios Profesionales de Enfermería de las cuatro provincias, así como las sociedades científicas de las especialidades de enfermería pediátrica, matronas y enfermería familiar y comunitaria, han unificado criterios en lo relativo al borrador de reforma de Atención Primaria.

    En una reunión mantenida ayer en Santiago, los presidentes de los cuatro colegios de enfermería y de las sociedades acordaron las alegaciones definitivas al borrador de reforma de Atención Primaria que se han entregado esta mañana a la consellería de Sanidade. El borrador, del que todos los intervinientes objetaron el procedimiento llevado a cabo por la consellería para su redacción, adolece de numerosas deficiencias y falta de concreción.

    Presidentes/as de los Colegios oficiales de Enfermería, Agefec y Agam durante su reunión ayer en Santiago.

    Los principales puntos de desencuentro de las enfermeras con el borrador pasan, en primer lugar, por replantear la estructura directiva. La creación de una dirección propia se hace imprescindible para que las enfermeras asuman el papel relevante que les corresponde asumiendo las responsabilidades de planificación, ejecución y gestión de recursos, competencias y funciones en coordinación con los restantes profesionales, tal y como se había acordado en la reunión mantenida con los técnicos de la consellería, previa a la elaboración del borrador.

    Manifiestan además su discordancia en lo relativo a la necesidad de definir una cartera de servicios que oriente y ayude al paciente en cuanto a los cuidados y atenciones que puede recibir de su enfermera. Un punto que ayudaría además a cuantificar las intervenciones reales, permitiendo ajustar más acertadamente el número de profesionales necesarias.

    Precisamente ese es otro de los puntos de exigencia. La readecuación del déficit de plantilla actual, una sobrecarga estructural que aleja a las enfermeras de los cuidados de calidad que la ciudadanía merece y espera. Para ello es necesario incrementar el numero de enfermeras en los centros de atención primaria.

    El respaldo legal de las actuaciones de las enfermeras es otro de los puntos relevantes, ya que resulta fundamental para que la enfermera pueda desarrollar todas sus competencias. Muy particularmente en el necesario e imprescindible desarrollo de las especialidades de enfermería, cuyas funciones y cometido deben además acercarse al ciudadano.

    En definitiva, se trata de incrementar el número de enfermeras, dando marco legal al desarrollo de las funciones y competencias propias de la enfermera, su capacidad de gestión como profesional facultada y la definición presupuestaria que den acceso al ciudadano a una atención primaria más universal, accesible, equitativa y de calidad.

    Documentos Relacionados:

    Alegaciones al Borrador de Reforma AP

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