Orden SND/888/2024, de 14 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2024 para el acceso en el año 2025 a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.
3. Enfermería: 2.171 plazas para las especialidades relacionadas en el apartado 4 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, conforme sigue:
a) 2.105 plazas de titularidad pública y 66 pertenecientes a centros de titularidad privada, distribuidas por comunidades autónomas en los centros y unidades docentes que se indican en el anexo I.
b) 152 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre.
c) 22 plazas podrán ser cubiertas por personas que no sean titulares de una autorización de residencia en España, en los términos establecidos en el dispongo segundo, apartado 1.d) de esta orden.
Plazo de presentación de la solicitud:
Desde las 10:00:00 horas del día 2 de septiembre de 2024 hasta las 17:00:00 horas del día 16 de septiembre de 2024, según la hora peninsular española del Real Instituto y Observatorio de la Armada.
Cumplimentación de la solicitud:
Las solicitudes para participar en estas pruebas se dirigirán a la persona titular de la Secretaría de Estado de Sanidad del Ministerio de Sanidad, Centro Gestor E05173901, y se adecuarán al modelo 790 de «Solicitud de admisión a pruebas selectivas de acceso a formación sanitaria especializada y liquidación de tasa de derechos de examen», que se reproduce a efectos informativos en el anexo III. El modelo 790 de solicitud se cumplimentará electrónicamente a través de la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad (código SIA 2897569): https://sede.mscbs.gob.es/ciudadanos/procAdministrativos.do?tipo=detallar&cod=2897569.
Cada formulario de solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único, por lo que no serán válidas las copias del mismo. No se tramitarán en ningún caso formularios cumplimentados a mano.
Fuente: Consejo General de Enfermería
El Consejo General de Enfermería (CGE) celebra el nuevo paso dado en el desarrollo de la profesión enfermera tras la publicación, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de la resolución de la Dirección General de Salud Pública, por la que se valida la ‘Guía para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las/los enfermeras/os: infección de tracto urinario inferior no complicada en mujeres adultas’. Un nuevo avance que mejorará y adelantará el tratamiento de la cistitis en aquellas mujeres que lo sufran.
Y es que, tal y como se explica en el documento, los síntomas y signos de cistitis incluyen disuria, polaquiuria y urgencia urinaria, dolor suprapúbico y hematuria. En este sentido, cada año aproximadamente un 5% de mujeres consultan a su médico por polaquiuria y disuria. Afecta al 50% de las mujeres al menos una vez en su vida y su incidencia aumenta con la edad, la comorbilidad y la institucionalización.
“Estas guías hacen justicia al desarrollo profesional que las enfermeras y enfermeros han experimentado, en los últimos años. Pero hay que dejar claro las enfermeras no quieren ser médicos, ni se cuestionan las competencias en materia de prescripción de estos profesionales. Las guías permiten agilizar la atención, descongestionar el sistema e incrementar la seguridad jurídica de las enfermeras. Todo ello beneficia al paciente y, en ningún caso, insistimos, implican menoscabo en la actuación esencial del médico”, afirma Florentino Pérez Raya, presidente del CGE.
Esta guía es la base que establece el marco de referencia de las/los enfermeras/os para la realización de actuaciones relacionadas con la medicación durante el seguimiento colaborativo en determinados tratamientos individualizados en personas con infección urinaria mediante el uso de protocolos de actuación o guías asistenciales consensuados de manera multidisciplinar.
En un contexto coordinado y marcadamente colaborativo entre profesionales de la medicina y la enfermería, con estas actuaciones se colabora en la consecución del objetivo terapéutico de mejorar o resolver esta situación clínica de modo precoz y a prevenir futuras complicaciones. La actuación de los profesionales de enfermería permite responder de modo ágil y efectivo para resolver este problema de salud, al mismo tiempo que se intensifica la educación sanitaria.
La validación de esta guía se suma a las otras nueve ya aprobadas (diabetes, hipertensión, heridas, quemaduras, ostomías, anticoagulación, fiebre, deshabituación tabáquica y anestésicos locales) las que han recibido luz verde por parte de Sanidad, en el último año y medio. Pero, tal y como aseguran desde el organismo que representa a las más de 345.000 enfermeras y enfermeros de España, el camino de la regulación de la prescripción enfermera, técnicamente llamada indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, está siendo largo y no exento de obstáculos.
Tal y como señaló la Secretaría de Estado de Sanidad en sus resoluciones, tras los recursos de alzada de diversas organizaciones médicas, farmacéuticas y odontólogas, con estas guías se trata de que las enfermeras “puedan actuar de forma segura en cualquiera de los hitos que integran el proceso de curación, valorando de acuerdo a las guías los siguientes pasos a dar sin necesidad de la constante intervención de un médico, lo que redunda en una mayor agilidad y seguridad del proceso en beneficio del paciente. Es en este contexto en el que ha de entenderse la utilización en la Guía de las conjunciones y/o, que en ningún caso implica excluir la intervención del médico en aquellos casos que sea preciso”.
Para Pérez Raya, “con estas guías se trata de que las enfermeras puedan actuar de forma segura en cualquiera de los hitos que integran el proceso de curación, valorando de acuerdo a las guías los siguientes pasos a dar dentro del equipo multidisciplinar, lo que redunda en una mayor agilidad y seguridad del proceso en beneficio del paciente. Es en este contexto en el que ha de entenderse la utilización de estas guías”.
Catálogo productos farmacéutico Sergas
BOE: Resolución 400/38321/2024, de 17 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Plazo y presentación de solicitudes: La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente por vía electrónica, de acuerdo a lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
A los únicos efectos de computar los plazos establecidos en esta convocatoria no se tendrá en consideración el mes de agosto.
Nº de plazas acceso libre: 24
General: 12
Discapacidad: 8
Reservas: 4
P. Interna:39
Convocatoria Ministerio Defensa
BOE: Resolución de 18 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Plazo y presentación de solicitudes: En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la reseña de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio del lnterior. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. En caso de que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un mismo interesado presente más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la última de las presentadas.
En relación con el cómputo de plazos de la presente convocatoria, se declara inhábil el mes de agosto.
Nº de plazas: 70.
Acceso libre: 50
Discapacidad: 5
P. Interna: 15
Convocatoria Ministerio Interior
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias.
Resolución 400/38194/2024, de 21 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a, Fisioterapeuta, y Matrona en la Red Hospitalaria de la Defensa, y por la que se modifica la Resolución 400/38079/2024, de 11 de marzo, por la que se publica la relación de aspirantes que han aprobado el proceso selectivo de ingreso, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Enfermero/a, Fisioterapeuta, y Matrona en la Red Hospitalaria de la Defensa, convocado por Resolución 400/38472/2022, de 12 de diciembre.
El Consejo General de Enfermería critica la Orden del Ministerio de Sanidad por la que crea la categoría profesional de enfermera especialista en el INGESA, incluida dentro del grupo A2.
“Es preciso abordar la modificación de leyes obsoletas como la LOPS o el Estatuto Marco. Para nosotros es evidente que todas las profesiones con el mismo nivel de formación y responsabilidad tienen que estar en el mismo grupo a los ojos de la Administración, todas en el grupo A, sin distinción”, ha incidido Florentino Pérez Raya, presidente del Consejo General de Enfermería.
Desde hace años el Consejo General de Enfermería (CGE) viene reclamando la reclasificación profesional de las enfermeras, de tal forma que sean grupo A, sin subgrupos, al mismo nivel que otras titulaciones con la misma formación: el Grado universitario. A comienzos de año el Ministerio de Sanidad se comprometió con el CGE a buscar las vías para dar solución a la discriminación que sufren las enfermeras. Sin embargo, todavía no se han producido movimientos al respecto. Desde el CGE se insta al Ministerio de Sanidad a no demorar más los cambios legislativos necesarios para acabar con esta injusticia para con las enfermeras españolas.
“De hecho, el Ministerio de Sanidad no deja de perder oportunidades. La última ayer mismo, con la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden ministerial por la que se crean diversas categorías de personal estatutario en el ámbito del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), entre ellas la de enfermera especialista, encuadrada en el grupo A2, una auténtica oportunidad perdida más para reconocer a las enfermeras el grupo que les corresponde”, detalla Florentino Pérez Raya. Así, y “aunque se trata de una medida necesaria el que Ceuta y Melilla cuenten con esta categoría profesional, desde el CGE criticamos el que esta Orden ministerial haya vuelto a encuadrar a las enfermeras, a las que son especialistas, dentro del A2”.
Las leyes sanitarias en nuestro país están obsoletas. La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOSP), el Estatuto Marco… continúan hablando de diplomados y licenciados cuando realmente se trata de una división arcaica. “Es preciso abordar su modificación, no sólo con este ministerio y este Gobierno, sino con todos los partidos políticos. Para nosotros es evidente que todas las profesiones con el mismo nivel de formación y responsabilidad tienen que estar en el mismo grupo a los ojos de la Administración, todas en el grupo A, sin distinción. Los matices vendrán después, en temas retributivos, por ejemplo”, ha añadido Florentino Pérez Raya.
Sin embargo, para el presidente de las 345.000 enfermeras españolas, “lo que no puede ocurrir es que nos lleguen compañeros y compañeras de cualquier provincia de este país que están en cargos de gestión y los estén poniendo en la calle precisamente porque los tribunales se remiten a estas leyes, con más de dos décadas a sus espaldas, que los políticos hasta ahora no se han atrevido a modificar”, ha incidido Pérez Raya. “Como tampoco puede seguir pasando que se sigan aprobando nuevas disposiciones que perpetúan el problema sin ponerle una solución, manteniendo la discriminación de las enfermeras/os”, ha concluido.
De hecho, ya hay dos comunidades autónomas, Cantabria y Canarias, que han aprobado sendas proposiciones instando al Gobierno central y al Congreso de los Diputados a acometer esta reclasificación profesional.