El Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra ha recibido la inquietud de enfermeros adscritos a Puntos de Atención Continuada del Área Norte de Pontevedra ante el estrés que supone la ausencia de facultativos en sus dispositivos, con objetiva vulneración del modelo asistencial que había previsto el Plan de Urgencias Extrahospitalarias de Galicia, (Decreto 172/1995 de 18 de mayo), que exige la presencia de personal facultativo, junto con el de enfermería y otro sanitario. Lo cual cursa con la consiguiente inseguridad tanto asistencial, -en su doble vertiente paciente-profesional-, como jurídica, por suscitarse un posible conflicto competencial.
A efectos de procurar dar respuesta a esta inquietud y contribuir a la mejor asistencia posible, (conforme deber competencial que corresponde a este Colegio), representantes de la Junta de Gobierno colegial se reunieron el pasado día 2 de diciembre con el Gerente del Área Sanitaria de Pontevedra- O Salnés, D. José Flores, y con el Director de Procesos de Enfermería, D. Juan Vázquez. Asimismo, han mantenido interlocuciones con el Consejo General de Enfermería y han valorado acciones del Colegio de Enfermería de Madrid, (en el que también se ha suscitado cuestión similar con respecto a los llamados Servicios de Atención Rural o SAR), y las conclusiones que este Colegio quiere compartir con sus colegiados son las siguientes:
- Que por parte de la Gerencia competente, se han adoptado las medidas conducentes a incorporar a sus PAC´s todos los facultativos posibles ofertando todas las plazas vacantes, con el escaso resultado de tres facultativos incorporados. Por lo que podemos concluir que la ausencia de personal facultativo disponible es un hecho material en el presente.
- Que ante tal imposición material, la exigencia, -sin otras consideraciones-, de la normativa aplicable, exigiría el cierre de dispositivos de atención urgente extrahospitalaria. Y esta es una solución que no puede apoyar esta institución colegial atendiendo a su deber de promover el acceso a la atención sanitaria por parte de la población.
- Que partiendo de la vocación de que se cumpla con el modelo interprofesional establecido para estos dispositivos en cuanto vuelva a existir disponibilidad de facultativos, la atención urgente extrahospitalaria debe adaptarse a tal limitación material no en condiciones de precariedad, sino en las condiciones de seguridad asistencial y jurídica adecuadas al supuesto y conforme se sigue exponiendo a continuación.
- La Junta de Gobierno quiere participar a los colegiados del reconocimiento, por parte de la Gerencia, de que la indisponibilidad de profesionales es responsabilidad únicamente de la propia administración sanitaria. Por lo que cualquier resultado perjudicial debido a la ausencia de facultativos en el dispositivo, es igualmente competencia administrativa y exigible por la vía de la responsabilidad patrimonial, sin que en ningún caso exista responsabilidad individual por parte del profesional de enfermería que desarrolla sus propias competencias, toda vez ya se ha hecho constar sobradamente y por diversos medios esta limitación asistencial de carácter general.
Igualmente, la Gerencia quiere transmitir al colectivo enfermero a través de esta representación colegial que entre las medidas que quiere introducir a fin de paliar esa circunstancia están:
- La comunicación directa de los/as profesionales de enfermería que no cuenten con facultativo en su PAC con médicos del 061, la presencia de dos enfermeras por dispositivo, además de la asistencia de los facultativos del PAC más próximo y la derivación a ellos de los de pacientes que lo precisen.
- La elaboración e implementación de protocolos que permitan a la enfermería el desarrollo de sus funciones con mayor margen de autonomía ante la ausencia de personal facultativo, pero en condiciones de seguridad asistencial, así como la impartición de formación específica sobre la actuación enfermera en el ámbito de urgencias y emergencias extrahospitalarias, como el curso de soporte vital avanzado que ya se está impartiendo.
- La presencia de personal de seguridad en turnos de mayores incidencias de agresiones, (principalmente viernes, fines de semana y festivos).
- Considerando la situación asistencial creada y todo lo antedicho, esta Junta de Gobierno manifiesta:
- Que en ningún caso la ausencia de facultativos puede suponer repercutir sobre el/la profesional de enfermería competencias que estatutariamente no le correspondan, pues ante tal supuesto de inseguridad para paciente y profesional, debería de prescindirse del dispositivo asistencial que fuere.
- Lo cual no está reñido con reivindicar para nuestro colectivo, y conforme reclamo de este Colegio bajo la dirección de esta Junta de Gobierno, el ejercicio de las competencias que nos son propias en condiciones de mayor autonomía. Autonomía que, en este caso, viene impuesta y se adecua a la situación creada. Todo ello en consonancia con la mayor capacitación académica y profesional de nuestro colectivo, pues este Colegio afirma que el/la profesional enfermero/a no es un recurso carencial, sino que es carente de la utilidad que podría comportar si la organización asistencial hubiese promovido su adecuado desarrollo funcional.
- Que una vez sentado que la Gerencia debe garantizar la intervención facultativa en las competencias que le son propias, la contribución que el personal de enfermería puede hacer en un correcto desarrollo de sus competencias pasa por potenciar en él las capacidades y conocimientos adecuados a tal trabajo que debe ser realizado en condiciones de mayor autonomía, así como la elaboración de protocolos, -tal como ha anticipado la Gerencia-, destinados a dotar a la asistencia de la mayor seguridad posible, evitando así repercutir sobre el profesional las vacilaciones propias de una situación que se supone provisional y, en todo caso, novedosa. Por lo que, consecuentemente, este Colegio promoverá, en el propósito común con la Gerencia de propiciar la solución asistencial más satisfactoria ante la situación material impuesta, el desarrollo e implementación de tales propuestas, dinamizando, -a propia demanda de la Gerencia-, el desarrollo de los protocolos y de la formación necesarias para ese propósito. Tarea para la que será muy valiosa la participación que el colectivo colegiado, a modo de sugerencias, propuestas y alertas, quiera hacer a través del correo abajo indicado.
- Igualmente, esta Junta de Gobierno promoverá en medios de comunicación locales la difusión de esta postura colegial, a fin de difundir entre la población la capacitación profesional enfermera, su compromiso asistencial con la comunidad, pero, asimismo, su esfuerzo por adecuarse a situaciones inicialmente precarias con la consiguiente reivindicación del reconocimiento de sus propias necesidades. A fin de promover la puesta en valor de nuestra contribución asistencial y social a la comunidad y, en lo posible, promover en el usuario un uso responsable de los dispositivos sanitarios que eviten incidentes de agresión.
Animamos a todos los compañeros que quieran participar y contribuir a dar adecuada respuesta institucional a esta situación que nos hagan llegar sus propuestas y sugerencias a la dirección de correo: coepo@coepo.com.