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Instancias vacaciones no disfrutadas/trienios

Estimados colegiados, conforme la encomienda asumida por la Asesoría Jurídica colegial, os enviamos dos formularios, uno destinado al personal ya fijo y otro destinado al personal temporal, a fin de reclamar que el cómputo de vacaciones no disfrutadas como de prestación de servicios y, por lo tanto, en el cómputo de la antigüedad.

Analizada la cuestión y atendiendo también a las expectativas creadas sobre esta cuestión, estimo prudente advertir de lo que sigue:

1º La sentencia del Tribunal Supremo, (324/24), que decide favorablemente al administrado el debate planeado, decide sobre una reclamación instada por una particular, (“personal estatutario temporal”), sin que conste intervención sindical alguna, por lo que la controversia se resolvió con respecto a una reclamación individual, no colectiva. Aunque es cierto que la controversia se resuelve apelando a principios jurídicos genéricos, aplicables a cualquier otra persona en similares circunstancias, pero del texto de la sentencia no queda claro que la reclamante pretendiese en su día un reconocimiento RETROACTIVO del cómputo de su vacaciones no disfrutadas: se menciona que desde el año 2006 venía siendo liquidada por vacaciones no disfrutadas y que, siendo aún “eventual“, solicita en el 2019 el cómputo de esas vacaciones a efectos de servicios prestados. Pero no podemos deducir si refiere necesariamente a las pasadas o a las que se hayan de dar en el futuro pues cuando al fallo acoge el derecho de la reclamante a que se computen como servicios previos tanto las vacaciones no disfrutadas como las compensadas económicamente, no se pronuncia sobre si debe revisarse su expediente administrativo y menos aún, los efectos retributivos de la antigüedad con respecto a períodos pasados. ( Y siendo aún temporal la reclamante, es posible que lo que pretendiese es que desde su reclamación en adelante se le diese un tratamiento diferente, pero sin efectos retroactivos).

2º Aclarado esto, procede añadir que la normativa invocada no es novedosa, (Directiva del año 1999) y la Sentencia del TS no crea un derecho, sino que interpreta y declara un derecho ya existente desde el año 1999. Con esto quiero decir que cabe la posibilidad de que, -para oponerse al “recómputo” de antigüedad-, el SERGAS invoque la pérdida de oportunidad del administrado por no haber impugnado en su día el reconocimiento y devengo de tal o cual trienio. (Esto es, podría reprocharse al reclamante que no hubiese impugnado en su día el devengo de un trienio que no hubiese incorporado en su cómputo las vacaciones no disfrutadas… por lo que no tendría nada que reclamar ahora cuando se conformó en su momento con ese devengo). En mi experiencia al frente de la Asesoría Jurídica del COEPO y considerando la vulnerabilidad de un profesional sometido a esos nombramientos de cortísima duración, nadie ha querido repercutir una reclamación que solo cabía plantear desde una perspectiva individual o colectiva, con la debida intervención sindical. De ahí lo singular del procedimiento que ha culminado con esa sentencia ante el TS…pero debemos ser cautos sobre el verdadero alcance que pueda tener finalmente.

3º En todo caos, OS FACILITAMOS DOS INSTANCIAS: para el personal fijo que hizo en su día nombramientos con vacaciones no disfrutadas, reclamando su incorporación al cómputo de servicios previos a efectos retributivos, (con la prudencia expresada arriba), y para el personal temporal, con la misma reclamación y ADEMÁS, para que se computen en todo caso, lo que se produzcan en el futuro, (si no está en vuestra previsión porque vuestros nombramientos ya son largos, no importa, presentadlo igualmente). Pero eso sí, con respecto a futuras vacaciones compensadas económicamente: SERÁ EN EL MOMENTO EN EL QUE SE DEVENGUE UN NUEVO TRIENIO, AQUEL EN EL QUE SE DEBA REVISAR SI LAS VACACIONES NO DISFRUTADAS HABIDAS DESDE VUESTRA RECLAMACIÓN, HAN SIDO O NO COMPUTADAS. Y ejercer las reclamaciones que correspondan al margen de lo que con este trámite se pueda reconocer.

    Por último, OBVIAMENTE EL TRÁMITE ES GRATUITO A CARGO DE LA ASESORÍA JURÍDICA COLEGIAL, por lo que a pesar de todas las reservas apuntadas, os animamos a hacer la solicitud dada la ausencia de gravamen. 

    Y como siempre: en caso de que recibáis resolución o hayan transcurrido tres meses sin respuesta, (en este caso, también si os reconocen un trienio correspondiente a un período en el que hubo vacaciones no disfrutadas), poneos en contacto con la Asesoría Jurídica del COEPO para valorar el siguiente trámite. 

    Con esta ocasión, recibid mi saludo más cordial. 

Un saludo

Javier Pérez Estévez

Abogado del Colegio de Enfermería de Pontevedra

 

Instancia Personal Fijo

FORMULARIO VACACIONES FIJO

 

Instancia Personal Temporal

FORMULARIO VACACIONES TEMPORALES

 

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Oferta de empleo – Fremap – Mutua colaboradora con la Seguridad Social (Santiago de Compostela)

 FREMAP, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº61,  requiere  DUE  para el Centro situado en la C/ Amor Ruibal,  nº 30-32  de Santiago de Compostela.

 Contrato por sustitución de vacaciones para los siguientes periodos

  24 JUNIO A 30 AGOSTO

  16 SEPTIEMBRE  a 08 OCTUBRE

              Horario : De lunes a viernes tres mañanas de 8.00 a 15.00,  y dos días a la semana con horario mañana y tarde   ( 39 horas semanales en total). Aunque el horario podría ser negociable

 

Interesados remitan C.V. a      jesus_maria_martinez@fremap.es  o contacto en 981 56 95 00, 647368659

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Oferta de empleo – Centro Residencial DomusVi – Cangas

Descripción del puesto:

Contribuir a lograr el mejor estado de salud y bienestar posible de las personas residentes, ejerciendo para ello una atención de enfermería oportuna, integral, personalizada, humanizada, continua y eficiente.

Funciones:

  • Realizar las valoraciones de cuidados de enfermería en los ingresos de usuarios/as y las valoraciones periódicas establecidas.
  • Preparación y administración de medicamentos a las personas residentes siguiendo las prescripciones facultativas.
  • Realizar los cuidados paliativos: administración de mórficos y otras medicaciones paliativas.
  • Validar el plan de cuidados, curas, alimentación y farmacológico realizado en el seno del equipo interdisciplinar.
  • Incorporar al historial del residente las pautas y su evolución.
  • Facilitar apoyo moral y psicológico a residentes, así como atender consultas de familiares.

Se ofrece:

  • Jornada completa.
  • Turnos rotativos de mañana, tarde y noche.
  • Contrato eventual con posibilidad de continuidad.
  • Incorporación inmediata. 
  • Salario: 25.000 euros brutos anuales.

Requisitos:

  • Diplomatura /Grado en enfermería. 
  • Deseable experiencia mínima de 1 año en atención primaria, en hospital o residencia de mayores, aunque no es necesario.
  • Se valorará positivamente la disponibilidad de cursos de formación relacionados con el área así como formación complementaria en términos de fomento de la Igualdad.
  • Aptitudes deseables: integridad y honestidad, orientación al cliente, planificación y organización, trabajo en equipo y dotes comunicativas.

Contacto:

 

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RENTA 2023

RENTA 2023

 

Haz la declaración de la renta sin citas ni esperas, en el momento que tú quieras. Hemos contratado desde el colegio el plan Live de Tax down:

 

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¿Qué incluye el Plan Live?

-Suscripción hasta el 31/12/2024
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-Requerimientos AEAT
-Tramitación deudas con AEAT
-Pack Recién Nacido
-Solicitud abonos anticipados como maternidad (140) o discapacidad (143)

 

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Oferta empleo – A Coruña y Santiago de Compostela HM Hospitales

 

Actualmente, desde HM Hospitales, nos encontramos en búsqueda de Enfermeros/as para los servicios de Hospitalización, Urgencias, Quirófano y Hemodinámica.

Requisitos:

-Diplomatura o Grado en Enfermería homologado en España

-Colegiado/a en Colegio de Enfermería de Galicia

Ofrecemos:

-Diferentes tipos de contratación (indefinido, interinidad de baja y larga duración, etc.)

-Preferiblemente jornada completa, pero nos adaptamos a tu disponibilidad

-Turno rotatorio de lunes a domingo M/T/N

– ¡Trabajarás con un equipo multidisciplinar con el que cada día aprenderás algo nuevo y también podrás aportar tus conocimientos!

 

Si deseas conocer más, envía tu CV actualizado a Zulema García (zgarciadiaz@hmhospitales.com). Nos pondremos en contacto contigo para conocer tus intereses y preferencias. Te esperamos.

 

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BOE – Publicadas nuevas guías de prescripción enfermera

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy dos nuevas guías de prescripción enfermeras: deshabituación tabáquica y anestésicos locales. Con estos dos, ya son nueve las guías aprobadas por la dirección general de Salud Pública y Equidad en Salud. Estas dos nuevas guías de prescripción enfermera se suman a las de diabetes, hipertensión, heridas, quemaduras, ostomías, anticoagulación oral y fiebre.

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Oferta de empleo Fremap-Pontevedra

OFERTA DE TRABAJO PARA FREMAP. PROVINCIA DE PONTEVEDRA

FREMAP,  Mutua colaboradora con la Seguridad Social, inicia proceso de selección de DUE/Grado en enfermería, colegiada/o para sus centros en la provincia de Pontevedra (Vigo, Pontevedra, Porriño y Vilagarcia de Arousa). No se requiere experiencia. Formación a cargo de la empresa. Jornada laboral de lunes a viernes a tiempo completo (39 horas/semana). También posibilidad de contratacion a tiempo parcial.  Posibilidad de contrataciones posteriores dentro de la provincia de Pontevedra.

Interesados enviar curriculum a jpablo_rio@fremap.es o llamar por teléfono a 98650822

 

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DOG – Listas provisionales de selección temporal de diversas categorías de personal estatutario

Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección general de Recursos Humanos, por la que se publican la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as y baremación en el proceso de actualización de las listas de selección temporal de diversas categorías de personal estatutario

 

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