- La publicación en el BOE el pasado sábado de la nueva Orden ministerial tiene como principal afectación en el caso de la provincia de Pontevedra, la relativa a la movilidad sin horario en concellos de menos de 10.000 habitantes, (todos, excepto Vigo, Pontevedra, Vilagarcía, Marín, Ponteareas y Lalín).
- Por lo demás Galicia continúa en la Fase 1; la Xunta ultima la solicitud de paso a Fase 2 que, de aprobarse por el gobierno central, se iniciaría el próximo lunes 25 de mayo.
ASÍ SERÁ LA FASE 2 CON LAS NUEVAS MEDIDAS:
El Gobierno amplía el horario en el que las personas de hasta 70 años pueden salir a practicar deporte no profesional en la fase 2, de modo que estos ciudadanos pueden desarrollar estas actividades al aire libre en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas. Además, también se han fijado nuevas normas que afectan a otros campos como la hostelería, los eventos culturales o las reuniones de personas.
En lo que respecta al horario para la realización de actividad física, la orden especifica que la franja horaria entre las 10 y las 12 y las 19 y las 20 están reservadas para el paseo de personas mayores de 70 años.
¿Qué podremos hacer en la fase 2?
REUNIONES, HOSTELERÍA Y CENTROS COMERCIALES. La entrada en la fase 2 de la desescalada también implica un aumento en el aforo máximo permitido para las reuniones sociales, que pasará a ser de 15 personas –cinco más que en la fase 1–.
En cuanto a la hostelería, además de las terrazas –que ya están operativas en la actualidad el 50% de su capacidad y respetando las distancias de seguridad–, los bares y restaurantes podrán ser habilitados para acoger a personas en el interior de sus instalaciones, con un aforo del 40%. La norma no incluye a los locales de ocio nocturno.
Los hoteles tendrán la posibilidad de abrir sus zonas comunes siempre que no se supere un 30% de su capacidad.
Por su parte, los centros comerciales también podrán abrirse respetando el mismo aforo máximo del 40%.
SEGUNDAS RESIDENCIAS. Al entrar en la fase 2, los ciudadanos tendrán la posibilidad de circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
CENTROS DE MAYORES. Las visitas a mayores y personas con discapacidad en centros residenciales o viviendas tuteladas quedan limitadas a los centros en los que no haya casos confirmados de COVID19, o en los que no haya ningún residente en período de cuarentena por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de la enfermedad.
En este capítulo, la Xunta de Galicia ha anunciado su intención de solicitar a mediados de esta semana la apertura a visitas de estos centros.
ACTOS CULTURALES. El Gobierno posibilitará la reapertura de aquellos locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales –cines, teatros, auditorios…–. Si el evento es desarrollado en un espacio cerrado, el espectador deberá contar con un asiento o butaca preasignada y no podrá superarse un tercio del aforo original. Tratándose de un acto al aire libre, como puede ser un concierto, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo original ni reunir más de cuatrocientas personas.
Las salas de exposiciones y centros con visita pública también podrán reanudar su actividad.
BODAS, FUNERALES Y CELEBRACIONES RELIGIOSAS. A su vez, el Ejecutivo permitirá en los territorios que estén en la fase 2 celebrar bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta personas en espacios cerrados y se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas.
Así, según la orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Sanidad, se obliga durante la ceremonia nupcial a cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias.
Respecto a las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia nupcial y que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se deberá seguir las normas de seguridad relativas a estos establecimientos.
En cuanto a los velatorios, estos podrán realizarse en podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de veinticinco personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
Por otra parte, la orden en el BOE recuerda que lo previsto en este artículo sobre ceremonias nupciales será de aplicación a otras celebraciones religiosas de carácter social.