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CORONAVIRUS

El BOE publica la Orden que modifica la anterior sobre medidas en materia de RRHH y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19

Publicada la nueva Orden de adopción de medidas frente al Covid-19

  • El BOE ha publicado hoy la nueva Orden (SND/319/2020), que vuelve a modificar la Orden SND 232/2020, por la que se adoptan medidas en materia de RRHH y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Una de las cuestiones más importantes que modifica la nueva Orden es la relativa a los residentes. La razón a la que se alude es que “en el momento actual se confirma la imposibilidad de efectuar la correspondiente evaluación de los residentes de todas las especialidades y de todos los años de formación”.

Las cuestiones, a nuestro juicio más relevantes de esta modificación serían las siguientes:

  • Se posponen las evaluaciones anuales y la evaluación final de todos los residentes…cualquiera que sea la especialidad en la que estén realizando la formación sanitaria especializada y cualquiera que sea el año que estén cursando.”

El tiempo que transcurra entre la fecha en la que tendrían que haber acabado y en la que finalmente finalicen, se computará a efectos de antigüedad.

  • “El tiempo transcurrido entre la fecha en la que debería haberse realizado la evaluación final y la fecha en la que esta evaluación final efectivamente se lleve a cabo, computará a efectos de antigüedad, en el supuesto de que dicha evaluación final fuera favorable.”

Las retribuciones en este tiempo de ampliación serán las que les correspondan atendiendo a las funciones que efectivamente realicen. Gestión ésta que se traslada a las CCAA:

  • “Las comunidades autónomas garantizarán que los residentes, cuyos contratos se prorrogan, perciban las retribuciones que les correspondan atendiendo a las funciones que efectivamente realicen, siempre que conlleven un mayor grado de autonomía y menor nivel de supervisión que el que les correspondiera antes de la prórroga de contrato.”

Los residentes de cualquier año (en el caso de Enfermería serán los que debería finalizar el primer curso) podrán ser desplazados por la autoridad de la CCAA para prestar servicios en Unidades con especial necesidad, en su comunidad o en otra y este tiempo computará como formación para adquirir competencias en materia de control de las enfermedades y las situaciones de emergencia.

  • “La autoridad sanitaria competente de la comunidad autónoma podrá determinar que los residentes de cualquier año de formación y de cualquier especialidad, presten servicios en Unidades con especial necesidad. Las Unidades podrán estar en su mismo centro, en centro diferente de la misma comunidad autónoma o de distinta comunidad autónoma. En estos casos, quedarán suspendidas las rotaciones en curso o programadas de los residentes, para que estos puedan prestar servicios en dichas Unidades y se procederá a adaptar los itinerarios formativos, con el fin de que los residentes adquieran las competencias en control de las enfermedades y las situaciones de emergencia”.

Se establecen los términos para facilitar la movilidad de residentes entre CCAA y que sean asignados para realizar su estancia, aunque sea en Unidades no acreditadas para la docencia y se podrán designar “colaboradores docentes” con carácter temporal para que puedan tutorizar a estos residentes.
La modificación realizada responde a la protesta llevada a cabo por la Mesa de la Profesión en el sentido de que aquellos residentes cuya asistencia sea requerida en estos momentos perciban un salario como enfermeras/os de cuidados generales.

Por otro lado, vuelven a establecer los criterios para agilizar los títulos de especialistas obtenidos en Estados no miembros de la UE, que claramente está dirigido a los médicos.

BOE | Orden Adopción Medidas Covid-19

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