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El Gobierno aprueba la modificación del decreto de prescripción enfermera pactado un año atrás.

· La acreditación será automática para las enfermeras con al menos un año de actividad asistencial · Falta desarrollar las guías y protocolos clínicos que desarrollen la 'prescripción' enfermera.

El Consejo de Ministros aprueba el “nuevo” decreto de prescripción enfermera

· El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto de Prescripción Enfermera, que permitirá a la profesión dispensar medicamentos sin la autorización previa de un médico.

· Con el visto bueno del Gobierno y a falta de su publicación en el BOE, las enfermeras podrán vacunar y prescribir con seguridad jurídica.

La aprobación supone “seguridad jurídica al manejo de medicamentos que el colectivo de Enfermería usa ya de manera habitual en su trabajo de asistencia al paciente, por ejemplo en las vacunas” en palabras de Isabel Celaá, portavoz del Gobierno, quien ha destacado que se trata de un colectivo “muy cualificado” y muy demandado en Europa.

El RD aprobado, supone una modificación del artículo 3.3 y el desarrollo de unos protocolos y guías clínicas que establecerán los casos en que el profesional de Enfermería pueda prescribir directamente o aquellos en los que se requiera previamente la supervisión del médico. En todo caso, se entiende que el profesional de Enfermería posee la formación suficiente como diplomado o graduado, para prescribir determinados “medicamentos sujetos a prescripción médica” de forma autónoma.

Tras la aprobación por el Consejo de Ministros, el Ministerio de Sanidad tendrá ahora que fijar los nuevos protocolos así como las guías de práctica clínica y asistenciales y, por otra parte, establecer el mecanismo para dispensar la acreditación previa necesaria que deberá poseer, nominalmente, cada enfermera.

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