Del 1 al 5 de julio próximo se celebrará el 29º Congreso del CIE en Montreal (Canadá) y con el objetivo de facilitar la participación de las enfermeras/os colegiadas/os españoles en este Congreso Internacional, el Consejo General de Enfermería de España ha activado un programa de concesión de ayudas y/o subvenciones para financiar el 50% de las cuota de inscripción a dicho Congreso.
El objetivo de estas ayudas es potenciar la investigación enfermera y la puesta en común de las enfermeras/os españoles con el resto de la comunidad enfermera internacional por lo que podrán ser beneficiarios los colegiados/as que acrediten haberse inscrito en el mencionado Congreso.
Será requisito indispensable para poder optar a estar ayudas y/o subvenciones que el Colegio de adscripción se encuentre al corriente de pagos con el CGE.
Las ayudas solamente se otorgarán para subvencionar parcialmente la cuota de inscripción en el Congreso del CIE, quedando al margen cualquier otro concepto como viajes, traslados u hospedaje.
Cuantía de la subvención para el ejercicio 2023:
50% del importe de la cuota de inscripción. A este importe se le aplicará la retención que contemple la legislación fiscal vigente.
La cantidad asignada constituirá un máximo de subvención que podrá percibir el colegiado/a siempre y cuando se justifique debidamente, tanto por el contenido como por el destino final de los gastos que se cubran con la subvención, atendiendo al siguiente procedimiento.
Procedimiento para la concesión de las ayudas y/o subvenciones:
Para este ejercicio 2023 el procedimiento para la concesión de estas ayudas y/o subvenciones será el siguiente:
1) Cada interesado/a deberá realizar su solicitud ante el Colegio Provincial correspondiente, aportando copia del justificante de abono de la cuota de inscripción en el 29º Congreso del CIE a celebrar en Montreal (Canadá) del 1 al 5 de julio de 2023. También habrá de indicar un número de cuenta de corriente de su titularidad para la realización del abono de la ayuda.
2) El Colegio Provincial remitirá al CGE listado de solicitantes detallando nombre, apellidos, número de cuenta corriente (IBAN) e importe abonado (en euros) en concepto de cuota de inscripción al Congreso. A dicho listado se le adjuntarán copia de los justificantes de abono de las cuotas de inscripción.
Dicha documentación deberán remitirla por correo electrónico a la Secretaría General del CGE (secretariageneral@consejogeneralenfermeria.org).
3) Una vez hechas las comprobaciones oportunas la Comisión Ejecutiva o la Comisión Permanente del CGE adoptarán el acuerdo de concesión de ayuda y/o subvención, que se notificará al solicitante y al Colegio. En ese momento, se abonará a cada solicitante el importe asignado y adjudicado mediante transferencia a la cuenta corriente indicada en la solicitud.
Plazos:
El plazo de solicitud de la ayuda y/o subvención finaliza el 15 de junio de 2023. Antes de esa de esa fecha cada Colegio Provincial tendrá que haber remitido al CGE listado de solicitantes y documentación mencionada en el punto 2 del procedimiento.
Compatibilidad con otras ayudas y/o subvenciones:
Las ayudas y/o subvenciones objeto del presente protocolo serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, pero diferentes en los conceptos a subvencionar, procedente de cualesquiera otras administraciones o entes públicos y privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de otras subvenciones concurrentes.
Publicidad de las ayudas y/o subvenciones:
Los Colegios Provinciales deberán publicar la concesión de la ayuda y/o subvención en su página web. Igualmente deberán hacer constar el logotipo del CGE en las publicaciones, anuncios y medios de difusión utilizados para dar a conocer los proyectos, de modo que quede constancia de que dichas actividades han sido subvencionadas, total o parcialmente, por el Consejo General de Enfermería.
Cuando el Colegio Provincial exhiba su propio logotipo, deberá incluir el del Consejo General en el mismo tamaño e iguales condiciones de visibilidad.
Este requisito de publicidad será requisito indispensable para optar a la ayuda y/o subvención y será comprobado por el CGE