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Archivo mensual 6 junio, 2019

Enfermería ya puede prescribir medicamentos en las Fuerzas Armadas

El BOE ha publicado la orden por la que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros de las Fuerzas Armadas.

A diferencia de la enfermería convencional, podrán recetar medicamentos siempre y cuando estén en una situación de “aislamiento”. La norma recoge que “los enfermeros de las Fuerzas Armadas que se encuentren ejerciendo su actividad profesional relacionada con la atención sanitaria en los escenarios operativos y/o se hallen en una situación de aislamiento o soledad, mediando urgencia vital, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica elaboradas y validadas por el Ministerio de Defensa”.

En este sentido, prosigue la ordenanza, “se entiende como aislamiento o soledad aquel estado o circunstancia en la cual, desarrollándose en los escenarios anteriormente referidos, en entornos hostiles o bien en ejercicios militares, el enfermero de las Fuerzas Armadas no cuenta con personal profesional prescriptor presente y la situación clínica o urgencia vital no permite demorar el tratamiento que incluya medicamentos sujetos a prescripción médica, o la aplicación de productos sanitarios de uso humano”.

Para que la Enfermería pueda dispensar medicamentos, estos profesionales deberán ser acreditados por el Ministerio de Defensa, a la Inspección General de Sanidad de la Defensa.

BOE | Orden Prescripción Enfermería FF.AA.

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